Responsabilidad Patrimonial del Estado y Acceso a la Información Pública.
La Responsabilidad Patrimonial del Estado en esta época que se ha caracterizado por sus constantes innovaciones jurídicas, sus avances tecnológicos e información como un elemento clave en un plano de competitividad en “la era de la información” es un derecho que requiere evolución en el País. La Responsabilidad Patrimonial del Estado, empieza a tener una importancia cada vez más significativa y funcional para el ciudadano común. A partir de La Ley Federal de Acceso a la Información Publica Gubernamental publicada en el D.O.F en el año 2002, es que el ciudadano conoce de las fuentes oficiales de información pública, sobre todo en cuestiones jurídicas y patrimoniales que el particular antes no tenia acceso (El marco jurídico positivo, su presupuesto, los programas gubernamentales, las estadísticas en salud, trabajo, e. t. c.). Es importante saber que el desarrollo del reconocimiento constitucional del Derecho a la Información Pública, ----a diferencia de lo que comúnmente se pudiera pensar----, fue resultado del esfuerzo de la sociedad civil organizada. Sus protagonistas fueron El Grupo Oaxaca, formado principalmente por académicos y empresarios; y el grupo colectivo Juanito Ciudadano que se le vincula con el periódico Reforma, estos dos grupos de ciudadanos comunes tuvieron una importante participación en el periodo de los debates de la Legislación de Trasparencia. El resultado lo fue una Ley: la Ley de Acceso la Información Publica Gubernamental que nutre el Estado Democrático, que todo ciudadano Mexicano anhela ---siempre y cuando existan igualmente programas que promuevan la cultura de la solicitud de información----.“LA JOYA DE LA CORONA DE LA ALTERNANCIA POLITICA MEXICANA”— es un calificativo dado al ordenamiento federal vigente, que tenemos como mexicanos en materia de acceso a la información publica gubernamental. Se busca que esta ley se convierta en “UN INSTRUMENTO EFICAZ DE TRANSPARENCIA GUBERNAMENTAL”. Los retos de ahora en adelante son que todos los sectores hagan un buen uso de la información, para no caer en el extremo de que se abuse o manipule la información, que dicho sea de paso es objeto de la recién aprobada Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares que será un contrapeso en el uso adecuado de la información, de los particulares. El uso de la Ley permite se puede dar desde el Municipio, al cuestionar los servicios públicos o a nivel internacional, al cuestionar el por que ingresan desmedidamente tanto armamento ilegal de Estados Unidos, como un acto negligente en el cual el gobierno extranjero no toma las medidas adecuadas para frenar esa actividad ilegal que afecta a ambas naciones: México y E.U.A.
TEORIA DE LA DOBLE PERSONALIDAD DEL ESTADO
Los derechos y obligaciones del Estado normalmente son de Derecho Público, aunque eventualmente pueden ser de Derecho Privado. Esto ha dado lugar a que en la teoría de la personalidad jurídica del Estado se haya considerado que tiene una doble personalidad: una de Derecho Público, que se manifiesta cuando actúa en función de su soberanía, y otra de de Derecho Privado, a la cual se somete como titular de derechos y obligaciones de carácter patrimonial. Esta teoria es la que, en nuestro páis, adoptó jurisprencialmente la Suprema Corte de Justicia de La Nación, que por su importancia transcribimos. ESTADO. CUÁNDO ES PROCEDENTE EL AMPARO PROMOVIDO POR EL. El estado, cuerpo político de la Nación, procede manifestarse en sus resoluciones con los particulares, bajo dos fases distintas: como una entidad soberana, encargada de velar por el bien común, por medio de dictados cuya observancia es obligatoria, y como entidad jurídica de derecho civil, por que poseedora de bienes propios que le son ...
Comentarios