Los derechos y obligaciones del Estado normalmente son de Derecho Público, aunque eventualmente pueden ser de Derecho Privado. Esto ha dado lugar a que en la teoría de la personalidad jurídica del Estado se haya considerado que tiene una doble personalidad: una de Derecho Público, que se manifiesta cuando actúa en función de su soberanía, y otra de de Derecho Privado, a la cual se somete como titular de derechos y obligaciones de carácter patrimonial. Esta teoria es la que, en nuestro páis, adoptó jurisprencialmente la Suprema Corte de Justicia de La Nación, que por su importancia transcribimos. ESTADO. CUÁNDO ES PROCEDENTE EL AMPARO PROMOVIDO POR EL. El estado, cuerpo político de la Nación, procede manifestarse en sus resoluciones con los particulares, bajo dos fases distintas: como una entidad soberana, encargada de velar por el bien común, por medio de dictados cuya observancia es obligatoria, y como entidad jurídica de derecho civil, por que poseedora de bienes propios que le son ...
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