contratos civiles y CAUSAS DE FUERZA MAYOR, COVID 19


CONTRATOS CIVILES.

Los contratos civiles son muy comunes en todo tipo de negocios, principalmente en el negocio del arrendamiento civil. Existen clausulas interesantes, especialmente la de fuerza mayor o caso fortuito esta clausula señala que en caso de motives, guerra, huracanes, o contingencias sanitarias las partes no dejaran de cumplir con su obligacion, en el caso del arrendamiento la obligacion principal del arrendador en conceder el uso o goce temporal de un bien, generalmente una casa habitacion o departamiento, y por otro lado el arrendatario tiene como obligacion principal la de pagar la renta oportunamente.

Ahora bien, algo singular es el hecho de que un buen contrato de arrendamiento contemple este tipo de incidencias las cuales generalmente no se presentan de manera cotidiana en un año, pero que no debe uno de dejar a un lado, por que debemos de entender que los contratos deben de prever la mayoria de los incidentes para que las partes contratantes cumplan con sus obligaciones o sepan que hacer en determinado momento. Sin embargo en cada contrato particular se tiene que definir el alcance de los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor.


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